martes, 26 de abril de 2011

Voto por Correo para las elecciones municipales en Santiago-Pontones 2011

Para todos aquellos que estéis empadronados en Pontones o conozcáis personas que lo estén y, por las circunstancias que sea, no podáis votar el próximo 22 de  Mayo, ya que estéis fuera de Pontones y no podáis desplazaros ese día a ejercer vuestro derecho a voto, podéis solicitar el voto por correo para así ejercer vuestro derecho.

Pueden solicitar el voto de forma presencial en la Oficina de Correos todas las personas que quieran, además, podrán hacerlo sin necesidad de personarse en la Oficina las personas enfermas o discapacitadas, mediante la presentación de un justificante médico y a través de un representante autorizado.

El voto por corre se puede pedir hasta el 12 de Mayo, y posteriormente se tendrá hasta el 19 de Mayo para poder emitir el voto por correo.

Es preciso destacar que una vez hecha la solicitud de voto por correo ya no será posible votar personalmente el día electoral.

A continuación os explicamos las fases de las que consta la solicitud y posterior votación a través del voto por correo:


FASE 1: SOLICITUD VOTO
El elector debe personarse en cualquier oficina de Correos para solicitar un certificado de inscripción en el Censo Electoral. El funcionario de Correos debe confirmar la identidad del elector mediante el DNI, comprobando la coincidencia de la firma.

 FASE 2: ACTUACIONES DE LA OFICINA CENSO
La Oficina del Censo remite por correo certificado y al domicilio indicado por el elector la siguiente documentación:
* las papeletas y  los sobres electorales
* el certificado de inscripción en el Censo
* un sobre en el que figura la dirección de la Mesa donde le corresponda votar
* hoja explicativa  del procedimiento a seguir.

FASE 3: RECEPCIÓN Y VOTACION
* Recepción papeletas:
 El recibo acreditativo de haber recibido la documentación arriba señalada debe ser firmado personalmente por el elector, no siendo posible que el certificado sea recogido por cualquier persona que se encuentre en el domicilio, como ocurre con cualquier otro envío certificado.
 Si el elector no se encontrara allí, se le dejará aviso para que pase a recogerlo en la oficina de Correos correspondiente. La documentación no recogida por los electores, transcurrido el plazo reglamentario, se remitirá a la Delegación Provincial de la OCE para su conservación.

* Votación:
El elector elegirá la papeleta de voto, que introducirá en el sobre de votación y lo cerrará. Este sobre cerrado, junto con la certificación de estar inscrito en el censo, debe ser introducido en el sobre dirigido a la Mesa electoral, y enviado, por correo certificado (el voto emitido por correo ordinario, no certificado, es nulo).
Hay que diferenciar entre el sobre en el cual se introduce el voto y el que contiene el resto de documentación, además de tener cuidado de no escribir ni de no introducir nada a parte del voto en el sobre en el que se introduce la papeleta.

No obstante en la oficina de correos, el funcionario os deberá de informar de todos los pasos a seguir en este proceso.

Por último destacar que no es necesario que sea el elector, personalmente, quien realice este envío certificado, puede hacerlo cualquier persona en su nombre.


No hay comentarios:

Publicar un comentario